Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 ene 2019
1. Quedan derogados expresamente los artículos primero a noveno, ambos inclusive, de la Orden ITC/3127/2011, de 17 de noviembre, por la que se regula el servicio de disponibilidad de potencia de los pagos por capacidad y se modifica el incentivo a la inversión a que hace referencia el anexo III de la Orden ITC/2794/2007, de 27 de septiembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de octubre de 2007, así como la disposición adicional primera y las disposición transitorias primera y segunda de dicha Orden. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden.
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eli/es/o/2018/12/20/tec1366#disposicion-derogatoria-unica

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