Art. 1

En vigor desde 15 nov 2018
1. Se crea la Junta Administradora de Vehículos y Maquinaria del Ministerio para la Transición Ecológica, que se adscribe a la Subdirección General de Servicios y Coordinación, de la Subsecretaría para la Transición Ecológica, con la siguiente composición: a) Presidente: titular de la Subdirección General de Servicios y Coordinación. b) Vicepresidente: un funcionario destinado en puesto de nivel 28 o superior designado por el Presidente. c) Los vocales deberán ser funcionarios destinados en un puesto de nivel 28 o superior, designados por los siguientes órganos: 1.º Un representante designado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente. 2.º Un representante designado por la Secretaria de Estado de Energía 3.º Un representante designado por la Secretaría General Técnica 4.º Un representante designado por la Oficina Presupuestaria. 5.º Un representante designado por el Organismo Autónomo Parques Nacionales. 6.º Un representante de la Abogacía del Estado en el Departamento. d) Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario destinado en un puesto de nivel 26 o superior, designado por el Presidente. 2. La Junta Administradora podrá disponer la asistencia a las reuniones de la misma, en calidad de asesores con voz pero sin voto, de funcionarios representantes de los órganos directivos interesados directamente en los asuntos a tratar, cuando la naturaleza de los temas previstos así lo exija.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2018/11/07/tec1173#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil