Art. Nota inicial

En vigor desde 23 may 2020
El estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia. Téngase en cuenta, con efectos desde las 00:00 del día 21 de junio de 2020 hasta las 00:00 del día 1 de julio de 2020, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de junio de 2020, por el que se establecen los puertos y aeropuertos españoles designados como "Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional", según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI-2005), para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicado por Orden PCM/531/2020, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2020-6234
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2020/05/23/snd441#nota-inicial-no

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil