Art. Nota inicial

En vigor desde 25 may 2020
El estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia. Téngase en cuenta que, en todas las unidades territoriales en fase I y posteriores, se levanta la suspensión de las actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes establecida por la presente Orden, garantizándose en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad entre personas de dos metros, según establece la disposición adicional 5 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, Ref. BOE-A-2020-4911#da-5 , añadida por el art. 3.8 de la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo. Ref. BOE-A-2020-5265#at

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eli/es/o/2020/04/12/snd340#nota-inicial-no

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