Art. Segundo

En vigor desde 11 abr 2020
Se establece la prórroga de la interrupción de la realización de cualquier actividad comprendida en el ámbito del programa de turismo social del Imserso prevista en el apartado primero del Acuerdo de Consejo de Ministros de 12 de marzo de 2020, por el que se aprueba la interrupción del programa de turismo social del Imserso para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas, hasta las 00.00 horas del 30 de junio 2020 y sin perjuicio de las prórrogas que se pudieran adoptar.
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eli/es/o/2020/04/08/snd338#segundo

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