Art. Preambulo

En vigor desde 19 jul 2002
La Ley 2/2001, de 26 de marzo, por la que se crea el Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales, prevé en su disposición transitoria primera la constitución de una Comisión gestora, compuesta por un representante de cada uno de los Colegios de Protésicos Dentales existentes en el territorio nacional, que elaborará unos Estatutos Provisionales que incluyan las normas de constitución y funcionamiento de los Órganos de Gobierno de dicho Consejo General. Elaborados, por dicha Comisión gestora, los indicados Estatutos Provisionales y verificada su adecuación a la legalidad, procede, conforme a lo previsto en el apartado tres de la citada disposición transitoria, ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En su virtud dispongo:
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eli/es/o/2002/07/01/sco1840#preambulo-preambulo

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