Art. Artículo único

En vigor desde 18 ene 2007
Se aprueba la norma específica de peritación de daños en la producción de lechuga, amparados por el Seguro Agrario Combinado, que se inserta a continuación, como anexo de la presente Orden.
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eli/es/o/2007/01/10/pre22#articulo-unico

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