Art. Nota inicial

En vigor desde 1 jul 2026
Téngase en cuenta que se declara la segunda prórroga de la activación del Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo para el sector de la fabricación de vehículos de motor, en su modalidad sectorial, que permanecerá activado entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2026, perdiendo su vigencia y efectos el 31 de diciembre de 2026, con independencia de la fecha de la solicitud de la empresa, en la forma establecida por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de junio de 2026, publicado por Orden PJC/654/2026, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2026-14115

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eli/es/o/2024/12/26/pjc1472#nota-inicial-no

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