Art. Disposición final primera

En vigor desde 27 feb 2021
Se autoriza al titular de la Dirección General de la Guardia Civil para que adopte, en el ámbito de sus competencias, cuantas medidas sean necesarias a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta orden.
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eli/es/o/2021/02/22/pcm163#disposicion-final-primera

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