Art. 2

En vigor desde 12 dic 2021
1. La Dirección General de Gobernanza Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública es competente para la gobernanza y gestión funcional del REG-AGE, correspondiendo a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital el diseño, implantación y gestión técnica de la plataforma tecnológica del REG-AGE y del servicio electrónico para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones accesible desde la sede electrónica del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado. 2. En cada Ministerio se designará una persona delegada del REG-AGE, con rango de Subdirector General o asimilado, pudiendo nombrar más de una persona delegada cuando el volumen de actividad o número de Oficinas de Asistencia en Materia de Registros así lo aconseje. La designación corresponderá al titular de la Subsecretaría o en su caso al Presidente o Director de sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes. La persona delegada será responsable del seguimiento del correcto funcionamiento del REG-AGE sobre los documentos que tengan como emisor o destinatario el ministerio y los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes y la coordinación de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros en relación con el REG-AGE.
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eli/es/o/2021/12/09/pcm1382#art-2

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