Título TÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 26 sept 2018
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil, en el ámbito de sus competencias, para el desarrollo y ejecución de esta orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2018/09/20/pci978#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil