Título TÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 26 sept 2018
Se autoriza al Director General de la Guardia Civil, en el ámbito de sus competencias, para el desarrollo y ejecución de esta orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/09/20/pci978#disposicion-final-primera