Art. Segundo
En vigor desde 24 may 2020
Se modifica el anexo I de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.
Uno. El apartado 1 del punto 8 queda redactado como sigue:
«1. El uso de mascarilla será obligatorio en los casos que la autoridad sanitaria determine.»
Dos. El apartado 2 del punto 9 queda redactado como sigue:
«2. Los médicos, sean del Sistema Público de Salud o de las entidades de seguro privadas concertados con la Mutualidad General Judicial emitirán los partes de baja y alta en todos los casos de afectación por coronavirus, tanto en las situaciones de aislamiento, como de enfermedad, y a todos los trabajadores/as que por su situación clínica o indicación de aislamiento lo necesiten.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli/es/o/2020/05/22/jus430#segundo