Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 11 ago 2016
El funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Justicia no supondrá incremento alguno del gasto público y será atendida con los medios materiales y de personal existentes en el propio Departamento.
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eli/es/o/2016/08/03/jus1362#disposicion-adicional-segunda

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