Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 8 dic 2006
Constituye el objeto de esta orden la regulación del control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a medir la concentración de alcohol en el aire espirado, en adelante denominados etilómetros, que se utilicen como medio para la imposición de sanciones, realización de pruebas judiciales o aplicación de normas o reglamentaciones que exijan su uso.
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Proeli/es/o/2006/11/22/itc3707#art-1