Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
En vigor desde 7 dic 2006
Los requisitos esenciales, metrológicos y técnicos que deben cumplir los instrumentos son los determinados en los documentos técnicos que se citan en el anexo III de esta orden.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2006/11/22/itc3701#art-3