Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 26 jun 2024
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Policía a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de esta orden.
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eli/es/o/2024/06/20/int632#disposicion-final-cuarta

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