Art. Disposición final única

En vigor desde 16 may 2020
1. Esta orden entrará en vigor a las 00:00 horas del 16 de mayo de 2020. 2. Tendrá vigencia hasta las 24:00 horas del 15 de junio de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.
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eli/es/o/2020/05/14/int409#disposicion-final-unica

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