Art. 1

En vigor desde 1 ene 2010
Por la presente orden se crea y regula el funcionamiento del Registro Electrónico en el ámbito de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía) y se establecen los requisitos y condiciones que habrán de observarse en la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones que se remitan y expidan por medios electrónicos mediante sistemas de firma admitidos de acuerdo lo dispuesto en el artículo 9.
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eli/es/o/2009/12/29/int3516#art-1

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