Art. Disposición final primera

En vigor desde 16 dic 2010
La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
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eli/es/o/2010/12/03/int3215#disposicion-final-primera

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