Art. Duodécimo

En vigor desde 30 ago 2005
El control e inspección de los cursos de sensibilización y reeducación vial se realizará conforme a las prescripciones técnicas establecidas en el contrato de concesión administrativa. No obstante, la Dirección General de Tráfico, bien directamente o a través de su Organización periférica, podrá inspeccionar los cursos de recuperación parcial de puntos y los de recuperación del permiso o la licencia de conducción, así como los Centros que los impartan.
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eli/es/o/2005/07/28/int2596#duodecimo

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