Art. 1

En vigor desde 5 dic 2015
Esta orden tiene por objeto regular las condiciones técnicas y de seguridad que, como mínimo, habrán de reunir los vehículos destinados al transporte de detenidos, presos y penados, utilizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que se adquieran a partir de su entrada en vigor.
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eli/es/o/2015/11/30/int2573#art-1

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