Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 3 jul 2005
Se autoriza al Director General de la Policía para dictar cuantas resoluciones requieran el desarrollo y aplicación de la presente Orden, y especialmente la denominación y distribución interna de las unidades inferiores, a propuesta de los responsables de los órganos centrales y periféricos.
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eli/es/o/2005/07/01/int2103#disposicion-final-primera

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