Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 ene 2017
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
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Proeli/es/o/2016/10/19/int1676#disposicion-final-primera