Art. Disposición final séptima

En vigor desde 1 ene 2014
Esta orden entrará en vigor a las cero horas del 1 de enero de 2014, con la excepción del apartado 10 del artículo 9 que entrará en vigor el 1 de abril de 2014.
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eli/es/o/2013/12/27/iet2446#disposicion-final-septima

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