Art. Disposición final primera
En vigor desde 2 ene 2018
Esta Orden ministerial tiene carácter básico y se aprueba al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.18.ª de la Constitución española, que atribuye al Estado la competencia para dictar las bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y competencia en materia de procedimiento administrativo común y sistema de responsabilidad de todas las Administraciones Públicas.
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Proeli/es/o/2017/06/28/hfp633#disposicion-final-primera