Art. 2
En vigor desde 25 abr 2023
La reducción prevista en la disposición adicional primera de la Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan, para el año 2022, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, será del 25 por ciento para las actividades incluidas en el anexo I de la citada orden.
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Proeli/es/o/2023/04/18/hfp405#art-2