Art. 6

En vigor desde 16 mar 2017
Cuando los contribuyentes deban acompañar a las declaraciones de los modelos 202 y 222 cualquier documentación, solicitudes o manifestaciones de opciones no contempladas expresamente en los propios modelos de declaración o en sus Anexos, dicha documentación se presentará por vía electrónica con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 18 de la Orden HAP/2194/2013.
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eli/es/o/2017/03/13/hfp227#art-6

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