Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 5 mar 2022
Lo dispuesto en la presente orden se aplicará a aquellos expedientes de modificación presupuestaria y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros que se inicien desde la entrada en vigor de la misma. Aquellos expedientes que ya se hubieran iniciado se tramitarán conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/657/2007, de 15 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros.
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eli/es/o/2022/03/02/hfp147#disposicion-transitoria-unica

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