Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 oct 2021
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y de la Secretaría General de Fondos Europeos, en el ámbito de sus competencias, para dictar las resoluciones y adoptar medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en esta Orden.
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