Art. Disposición final única

En vigor desde 1 feb 2013
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y será de aplicación, por primera vez, para la presentación de la declaración informativa correspondiente al ejercicio 2012.
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eli/es/o/2013/01/30/hap72#disposicion-final-unica

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