Art. Disposición final tercera
En vigor desde 1 jul 2018
Las entidades a que se hace referencia en los apartados 3 y 4 del artículo 7 de esta Orden remitirán a la Dirección General de Presupuestos antes del 7 de septiembre de 2018, y por los medios electrónicos mencionados en la disposición final segunda, copia de las cuentas anuales y del informe de auditoría correspondientes al ejercicio 2017. Igual obligación incumbe a las entidades gestoras de los fondos sin personalidad jurídica del sector público estatal.
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Proeli/es/o/2018/06/28/hac692#disposicion-final-tercera