Art. 5

En vigor desde 1 jul 2018
La Dirección General de Presupuestos elaborará los estados de gastos del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019 teniendo en cuenta las orientaciones de política económica, el límite de gasto no financiero del presupuesto del Estado, las prioridades formuladas por la Comisión de Políticas de Gasto, las conclusiones resultantes, en su caso, de las Comisiones de Análisis de Programas y las propuestas remitidas por los distintos centros gestores. La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos coordinará las propuestas de los centros directivos del Ministerio de Hacienda y de aquellos centros directivos de otros Departamentos Ministeriales con competencias en materia de ingresos para la realización de previsiones y estimaciones que han de ser tenidas en cuenta por la Dirección General de Presupuestos en la elaboración de los estados de ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019. Una vez elaborados los estados de gastos e ingresos, éstos se elevarán al titular del Ministerio de Hacienda, quien someterá al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019. Con los mismos criterios, la Dirección General de Presupuestos elaborará los anteproyectos de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales a partir de las propuestas remitidas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. Formados ambos anteproyectos, la Dirección General de Presupuestos los enviará al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para su integración en el anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social. Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social unirá los anteproyectos de presupuestos del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales a los del resto de las Entidades Gestoras, Tesorería General de la Seguridad Social y Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, para formar el anteproyecto de presupuesto de la Seguridad Social, que se remitirá al Ministerio de Hacienda para que los titulares de ambos Ministerios lo eleven conjuntamente al Gobierno para su aprobación e inclusión en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado.
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eli/es/o/2018/06/28/hac692#art-5

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