Art. 1

En vigor desde 30 jun 2026
El objeto de esta Orden es regular el procedimiento de reintegro en relación con los fondos recibidos con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOE-A-2026-12520#art-1

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