Art. Disposición adicional única
En vigor desde 1 ene 2004
Modificación de la Orden de 15 de junio de 1995, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.
En el anexo I, Código 021 autoliquidaciones, se incluye el siguiente modelo de declaración:
Código de modelo: 309.
Denominación: Impuesto sobre el Valor Añadido. Declaración-liquidación no periódica.
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Proeli/es/o/2003/12/23/hac3625#disposicion-adicional-unica