Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO 3
Art. D08
En vigor desde 6 jun 2002
Con los siguientes apartados:
a) Euros.
b) Moneda distinta de euro.
Todos estos apartados tendrán el formato de columnas siguiente:
DESCRIPCIÓN DE LAS COLUMNAS Código de la Deuda Denominación de la Deuda. Importe pendiente a aplicar a 1 de enero. Importe amortizado en el ejercicio. Importe aplicado a presupuesto en el ejercicio. Importe pendiente de aplicar a 31 de diciembre.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2002/05/23/hac1300#d08