Art. Primero
En vigor desde 20 nov 2022
El Catálogo de líneas y tramos de la Red Ferroviaria de Interés General, detallado en el anexo que se acompaña a esta orden, está integrado por tres bloques diferentes de líneas y tramos:
1. Conjunto de líneas y tramos que garantizan un sistema común de transporte ferroviario y cuya administración conjunta resulta necesaria para su correcto funcionamiento.
Se incluyen en este grupo las vinculadas a los itinerarios de tráfico internacional, las que enlazan distintas Comunidades Autónomas y sus conexiones y accesos a los principales núcleos de población y de transporte o a instalaciones esenciales para la economía o la defensa nacional. No se consideran en este bloque las redes portuarias y sus accesos.
Se agrupan tramos y subtramos de diversa longitud, según los casos, de manera que se presentan itinerarios completos de la red, en la mayoría de los casos coincidentes con la denominación comúnmente utilizada. En cada uno de estos itinerarios se consideran incluidos aquellos pequeños tramos que aunque no tienen una función principal en el sistema de transporte, como conexiones, accesos a apartaderos y otros, son asimismo necesarios para el buen funcionamiento global del sistema.
Los grandes ejes se codifican con dos dígitos a los que se agregan tres dígitos más para codificar los diferentes tramos que los componen:
01-Madrid-Chamartín-Clara Campoamor-Irún/Hendaya.
02-Madrid-Chamartín-Clara Campoamor-Zaragoza-LLeida.
03-Madrid-Chamartín-Clara Campoamor-Valencia-San Vicente de Calders.
04-Alcázar de San Juan-Córdoba-Sevilla-Cádiz.
05-Madrid Atocha-Cáceres-Valencia de Alcántara.
06-Venta de Baños-León-Orense-Vigo.
08-Red de Ancho Métrico (excepto línea Cercedilla-Los Cotos).
11-Madrid-Chamartín-Clara Campoamor-Valladolid.
12-Madrid Atocha-Barcelona-Frontera Francia.
13-Madrid Atocha-Levante.
14-Madrid Atocha-Toledo / Sevilla Santa Justa / Málaga María Zambrano.
16-Olmedo-Medina-Zamora-Ourense-Santiago de Compostela.
Téngase en cuenta que las referencias hechas a la denominación de la estación de ferrocarril de "Madrid-Puerta de Atocha", deben entenderse realizadas a la estación "Madrid-Puerta de Atocha-Almudena Grandes", según establece el apartado primero de la Orden TMA/1108/2022, de 11 de noviembre. Ref. BOE-A-2022-19086
2. Redes portuarias y sus accesos.
Se incluyen las redes situadas en el interior de los puertos así como los tramos de acceso exteriores a las mismas pero que cumplen únicamente con esa función.
El código que se ha asignado está formado siguiendo el siguiente esquema: la letra P seguida de tres dígitos de los que los dos primeros indican el código provincial y el tercero la ordenación.
3. Tramo Figueras-Frontera Francesa (perteneciente a la Sección Internacional Figueras-Perpignan).
En este caso hay un único tramo para el que se ha asignado un código formado por la letra I seguida por los tres dígitos 001.
Todas las líneas y tramos de estos tres bloques han sido analizados pormenorizadamente para comprobar que en la actualidad cumplen los requisitos previstos en el artículo 4 de la ley del Sector Ferroviario. También se ha tenido en cuenta la posible existencia de actuaciones previstas en la planificación ferroviaria, que imponen la necesidad de mantener un determinado tramo en la RFIG, así como la conveniencia de contemplar ciertos tramos en el análisis para reflejar adecuadamente el sentido económico del conjunto y asegurar la racionalidad de la red ferroviaria.
Se consideran incluidos en el catálogo la totalidad de los elementos que forman parte de las vías principales y de las de servicio y los ramales de desviación para particulares, con excepción de las vías situadas dentro de los talleres de reparación de material rodante y de los depósitos o garajes de máquinas de tracción. Así, entre dichos elementos se encuentran los terrenos, las estaciones, las terminales de carga, las obras civiles, los pasos a nivel, las instalaciones vinculadas a la seguridad, a las telecomunicaciones, a la electrificación, a la señalización de las líneas, al alumbrado y a la transformación y el transporte de la energía eléctrica, y sus edificios anexos.
Se modifica la denominación de la Estación de ferrocarril de Madrid-Chamartín, que pasa a denominarse "Estación de Madrid-Chamartín-Clara Campoamor" y la denominación de los grandes ejes 01, 02, 03 y 11 por el apartado primero y segundo de la Orden TMA/1240/2020, de 8 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-16830
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Proeli/es/o/2015/01/30/fom710#primero