Art. Disposición adicional única

En vigor desde 20 ene 2017
La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de esta orden y resolverá las dudas que en relación con la misma puedan suscitarse.
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eli/es/o/2016/12/30/fom2015#disposicion-adicional-unica

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