Art. 8

En vigor desde 13 sept 2013
El plazo para el pago de las tarifas correspondientes será de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de comunicación de la obligación del pago. En caso de que no se realizara el pago en dicho plazo, se añadirán a la cantidad principal los intereses de demora que correspondan. En todo caso SASEMAR ejercerá las acciones legales que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de las obligaciones.
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eli/es/o/2013/08/30/fom1634#art-8

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