Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 4 may 2005
Las empresas titulares de vehículos exentos de tacógrafo de acuerdo con la legislación vigente, podrán, no obstante, solicitar tarjetas de empresa, de acuerdo con lo establecido en la Sección tercera del Capítulo I de esta Orden.
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Proeli/es/o/2005/04/25/fom1190#disposicion-adicional-segunda