Art. Artículo único

En vigor desde 29 jun 2017
1. La asignación del régimen retributivo específico convocada al amparo del Real Decreto 650/2017, de 16 de junio, por el que se establece un cupo de 3.000 MW de potencia instalada, de nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el sistema eléctrico peninsular, al que se podrá otorgar el régimen retributivo específico, se realizará mediante un procedimiento de subasta. Asimismo, los parámetros retributivos de las instalaciones tipo de referencia aplicables a la referida convocatoria, los mecanismos de asignación del régimen retributivo específico, así como los demás aspectos establecidos para la correcta celebración de la subasta serán los establecidos en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, por la que se regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo específico en la convocatoria para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, convocada al amparo del Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, y se aprueban sus parámetros retributivos. No obstante, para su aplicación, las referencias al Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, incluidas en la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, se entenderán referidas al Real Decreto 650/2017, de 16 de junio, a excepción de la cita destinada a identificar los códigos de las instalaciones tipo incluida en el apartado 3.1 del anexo I de dicha orden. 2. El procedimiento y las reglas de la subasta serán los establecidos en la Resolución de 10 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen el procedimiento y las reglas de la subasta para asignación del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, convocada al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo. No obstante, para su aplicación, las referencias al Real Decreto 359/2017, de 31 de marzo, incluidas en la Resolución de 10 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen el procedimiento y las reglas de la subasta, se entenderán referidas al Real Decreto 650/2017, de 16 de junio. 3. La subasta será convocada por resolución de la Secretaría de Estado de Energía, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Orden ETU/315/2017, de 6 de abril.
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