Capítulo CAPÍTULO 6

Art. 65

En vigor desde 11 dic 2008
Recogerá el conjunto de gastos efectivos relacionados con una obra o un proyecto que, una vez finalizados deban ser transferidos a otros entes públicos, con independencia de que éstos participen o no en su financiación. Se incluye un concepto: Concepto 650. Gastos en inversiones gestionadas para otros entes públicos.
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eli/es/o/2008/12/03/eha3565#art-65

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