Capítulo CAPÍTULO III

Art. 14

En vigor desde 8 jul 2010
Cuando se produzca una operación de pago sujeta a un contrato marco iniciada por el ordenante, a solicitud de éste, el proveedor de servicios de pago deberá suministrarle información explícita sobre el plazo máximo de ejecución y sobre los gastos que debe abonar el ordenante añadiendo, en su caso, el desglose de las cantidades correspondientes a los posibles gastos.
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eli/es/o/2010/06/14/eha1608#art-14

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