Art. 22

En vigor desde 6 ago 2022
1. Los centros desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de la etapa, adaptándolo a las características de su alumnado, así como a su realidad socioeducativa, a través de su propuesta curricular. Dicha propuesta deberá favorecer la elaboración de modelos abiertos de programación docente y el uso de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y alumnas y del profesorado, bajo los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje. 2. La propuesta curricular tendrá, al menos, los siguientes elementos: a) Contextualización del currículo. b) Principios metodológicos y didácticos generales. c) Medidas de atención a la diversidad, organizativas y curriculares, dirigidas a facilitar el acceso al currículo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. d) Procedimiento de elaboración y evaluación de las adaptaciones curriculares. e) Programaciones didácticas. f) Criterios para la concesión de mención honorífica y matrícula de honor. g) Planes de actuación.
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eli/es/o/2022/07/31/efp755#art-22

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