Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 24 may 2011
Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar las instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta Orden.
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eli/es/o/2011/05/13/edu1295#disposicion-final-primera

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