Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 5.ª Método residual

Art. 42

En vigor desde 9 oct 2003
El valor residual por el procedimiento estático del objeto de valoración se calculará aplicando la siguiente fórmula: F = VM ∙ (1 – b) – Σ C i En donde: F = Valor del terreno o inmueble a rehabilitar. VM = Valor del inmueble en la hipótesis de edificio terminado. b = Margen o beneficio neto del promotor en tanto por uno. Ci = Cada uno de los pagos necesarios considerados.
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eli/es/o/2003/03/27/eco805#art-42

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