Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 24 mar 2013
Para su difusión, el informe anual de gobierno corporativo y el informe de remuneraciones serán objeto de presentación por vía telemática a través del sistema CIFRADOC/CNMV u otro similar, que, en su caso, establezca la CNMV. No obstante, y a solicitud de la sociedad o entidad emisora, la CNMV con carácter excepcional y por causas justificadas, podrá autorizar que el informe anual de gobierno corporativo y el informe anual sobre remuneraciones sean presentados en formato papel y en el modelo que proceda de conformidad con lo establecido por la CNMV.
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eli/es/o/2013/03/20/ecc461#art-3

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