Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 12

En vigor desde 31 ene 2008
Corresponde a la Subsecretaría de Defensa aprobar los planes estratégicos y los programas anuales de actuación; así como la creación, supresión o reorganización de centros bibliotecarios y las propuestas de dotación de recursos humanos, favorablemente informados por la Comisión Ministerial de Coordinación de Bibliotecas de Defensa, en el ámbito de sus competencias.
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eli/es/o/2008/01/23/def92#art-12

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