Art. 12

En vigor desde 29 jul 2020
1. Con arreglo a lo que establece el artículo 9.4.b) del Real Decreto 521/2020, de 19 de mayo, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, los órganos nacionales militares relacionados con organizaciones internacionales o multinacionales son: a) Las representaciones militares. b) Los elementos nacionales. c) Los elementos nacionales de apoyo. d) Los contingentes nacionales integrados en organizaciones internacionales y multinacionales. 2. Las representaciones militares constituyen las unidades permanentes de representación del JEMAD ante OISD. Son las siguientes: a) La Representación Militar ante el Comité Militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN). b) La Representación Militar ante el Comité Militar de la Unión Europea. c) La Representación Militar ante el Mando Supremo Aliado en Europa. d) La Representación Militar ante el Mando Supremo Aliado de Transformación. 3. Los elementos nacionales son los componentes nacionales de organismos internacionales ubicados en territorio nacional. Además de los cometidos que tengan asignados en virtud de las disposiciones que los regulan, asumirán aquellos otros derivados de la aplicación de los acuerdos internacionales reguladores de los órganos internacionales de los que forman parte. Son los siguientes: a) El Elemento Nacional del Centro de Operaciones Aéreas Combinadas de Torrejón (CAOCTJ), que se rige por lo establecido en la Orden Ministerial 93/2012, de 27 de diciembre, por la que se crea el CAOCTJ. b) El Elemento Nacional del CoE C-IED, que se rige por lo establecido en la Orden DEF/960/2010, de 15 de abril, por la que se constituye el Centro de Excelencia contra artefactos explosivos improvisados en el ámbito del Ministerio de Defensa y su ofrecimiento a la OTAN. 4. Los elementos nacionales de apoyo son los organismos que tienen como cometido fundamental proporcionar el apoyo administrativo y general al personal destinado o en comisión de servicio en las unidades del ámbito internacional adscritas a él. 5. Los contingentes nacionales integrados en organizaciones internacionales y multinacionales están constituidos por el personal español dependiente del JEMAD destinado o en comisión de servicio en las unidades, centros u organismos de dichas organizaciones y que ocupa puestos internacionales o multinacionales no específicos de las representaciones militares, de los elementos nacionales o de los elementos nacionales de apoyo.
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eli/es/o/2020/07/27/def710#art-12

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