Libro NORMAS DE UNIFORMIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS›Título TÍTULO III
Art. Norma 35
En vigor desde 9 nov 2016
Serán regulados por el Jefe de Estado Mayor de la Armada en las instrucciones y normas correspondientes. Bajo esta denominación se agrupan los siguientes tipos de uniformes:
– Uniforme especial de faena.
– Uniforme especial ignífugo.
– Uniforme especial de clima cálido tropical de representación.
– Uniforme de vuelo, nadadores de rescate y personal de mantenimiento de la flotilla de aeronaves.
– Uniformidad alumnos escuelas de formación.
– Uniformidad para buques escuela y veleros escuela.
– Uniformidad para veleros de instrucción.
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Proeli/es/o/2016/10/28/def1756#norma-35