Libro NORMAS DE UNIFORMIDAD DE LAS FUERZAS ARMADASTítulo TÍTULO III

Art. Norma 35

En vigor desde 9 nov 2016
Serán regulados por el Jefe de Estado Mayor de la Armada en las instrucciones y normas correspondientes. Bajo esta denominación se agrupan los siguientes tipos de uniformes: – Uniforme especial de faena. – Uniforme especial ignífugo. – Uniforme especial de clima cálido tropical de representación. – Uniforme de vuelo, nadadores de rescate y personal de mantenimiento de la flotilla de aeronaves. – Uniformidad alumnos escuelas de formación. – Uniformidad para buques escuela y veleros escuela. – Uniformidad para veleros de instrucción.
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eli/es/o/2016/10/28/def1756#norma-35

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