Libro NORMAS DE UNIFORMIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS›Título TÍTULO II
Art. Norma 27
En vigor desde 9 nov 2016
Serán regulados por el Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra en las instrucciones y normas correspondientes.
– Técnicos:
– Para actividades operativas.
– Para actividades funcionales.
– Tradicionales:
– Regulares.
– Legión.
– Paracaidista.
– Históricos:
– Regimiento de Infantería «Inmemorial del Rey» n.º 1.
– Enseñanza Militar de Ingreso en la Escala de Oficiales.
– Los de aquellas unidades que los tengan aprobados.
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Proeli/es/o/2016/10/28/def1756#norma-27